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ISSN 2340-5368
Editado por mibufete.com para Asesorlex

Opinión Profesional

Cómo preparar una empresa para una inspección de trabajo

Análisis de Doctrina y Jurisprudencia

La carga de la prueba en las ganancias patrimoniales no justificadas

ENERO 2026.
BOLETÍN DE NOTICIAS

La peor especie de enemigos es la de los aduladores.

Tacito

(55-115) Historiador romano.

Cómo preparar una empresa para una inspección de trabajo

Opinión Profesional

Las inspecciones laborales suelen generar inquietud entre empresarios y autónomos. No es para menos: la visita de un inspector puede desembocar en sanciones económicas o en la obligación de modificar prácticas que se consideraban correctas.

Sin embargo, una inspección no debería vivirse como una amenaza, sino como una oportunidad para verificar que la empresa cumple con la normativa y protege tanto a sus trabajadores como a sí misma.

El presente artículo ofrece una guía práctica para que empresarios y autónomos puedan anticiparse a una inspección laboral, organizar la documentación necesaria y aplicar medidas preventivas que eviten sorpresas desagradables….

La carga de la prueba en las ganancias patrimoniales no justificadas

Análisis de doctrina y jurisprudencia

Mª del Mar de la Peña Amorós.
Profesora de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Murcia, en colaboración con Mibufete.com
Comentario de la Sentencia del Tribunal Supremo 1537/2025, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, de 27 noviembre de 2025

La sentencia objeto de nuestro comentario aborda una cuestión práctica muy frecuente en los procedimientos de comprobación tributaria que no es otra que determinar cuándo puede la Administración calificar un incremento patrimonial como ganancia patrimonial no justificada y qué debe probar el contribuyente para evitar esa calificación.

La cuestión con interés casacional se centra en determinar si basta con que el contribuyente identifique el origen material de los fondos —esto es, el medio de transmisión y la persona de la que proceden— o si, además, resulta necesario acreditar…

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Tribunal Supremo. Ganancias patrimoniales no justificadas en IRPF de matrimonio en gananciales. ¿Se pueden imputar a un solo cónyuge?

enero 2026 | blog.ncs.es

Las ganancias de patrimonio no justificadas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) están formadas por bienes o derechos del contribuyente cuya tenencia o adquisición no se corresponde con la renta o patrimonio declarados.

O también por deudas inexistentes en cualquier declaración por IRPF o el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), o su registro en los libros o registros...

Nuevas obligaciones de información tributaria vinculadas a medios de pago electrónicos a partir de 2026

enero 2026 | gestha.es

A partir del primero de enero de 2026 entrará en vigor un nuevo régimen de obligaciones de información tributaria que afectará de manera directa al uso de medios de pago electrónicos, en especial a los sistemas de transferencia instantánea vinculados a teléfonos móviles, como Bizum.

La medida, aprobada en abril de 2025, ha generado un notable grado de confusión en los últimos meses, lo que ha llevado al Ministerio de…

El TEAC niega la reducción por irregularidad en IRPF a las prestaciones por IP derivadas de un contrato colectivo contratado por la empresa

enero 2026 | iberley.es

El Tribunal Económico-Administrativo Central ha unificado criterio con respecto a la imposibilidad de que las prestaciones por incapacidad permanente derivadas de un colectivo contratado por la empresa que perciban los trabajadores puedan aplicar la reducción del artículo 18 de la LIRPF, prevista para los rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Lo ha hecho en su resolución n.º 7694/2025, de…

RTEAC. Rendimientos del capital inmobiliario del IRPF. ¿Existe límite de gastos por amortización acumulada?

enero 2026 | blog.ncs.es

Los rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF son los que proceden, entre otros, del arrendamiento de bienes rústicos o urbanos propiedad del contribuyente o sobre los que este tiene un derecho de uso o disfrute, siempre que no estén afectos a actividades económicas.

No olvidemos que este tipo de arrendamientos se considera realizado como actividad económica solo cuando se tenga...

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Contribuyente adquiere una vivienda directamente de su promotor, habiendo estado previamente dicha vivienda arrendada

¿Cuál es la implicación en el IVA?

Constituye primera entrega la realizada por el promotor que tenga por objeto una edificación cuya construcción o rehabilitación esté terminada. Quedando excluidas de la consideración de primera entrega, entre otras, la realizada por el promotor tras la utilización ininterrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de arrendamiento sin opción de compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante dicho plazo.

Así pues, si el arrendamiento previo a la transmisión de la vivienda no lo ha sido de forma ininterrumpida por plazo igual o superior a dos años, dicha transmisión tendría la consideración de primera entrega y se encontraría sujeta y no exenta (DGT CV 1-10-19).

Con base en lo expuesto, en la medida en que dicho inmueble nunca haya sido utilizado ininterrumpidamente durante más de dos años por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción de compra, la entrega posterior del mismo constituirá una primera entrega que estará sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.Uno.22º de la Ley IVA, gravada al tipo reducido del 10% de IVA.
Si el arrendamiento previo hubiese sido ininterrumplido, y durante un plazo igual o superior a 2 años, la posterior entrega tendría la consideración de segunda o ulterior entrega de edificación, quedando sujeta pero exenta de IVA.

¿Te interesa hacer tu asesoría Punto PAE? Descúbrelo aquí

Guía para asesorías

¿Conoces qué es un Punto PAE, sus servicios? Y ¿Cómo puede ayudarte a desarrollar tu asesoría?

No te preocupes, te lo aclaramos a continuación.

Lo primero, un PAE es un Punto de Atención al Emprendedor oficialmente reconocido, que tiene como objetivo principal facilitar la creación, puesta en marcha y desarrollo de nuevas empresas en España.

Estos puntos, una vez obtenida la autorización, forman parte de una red nacional coordinada por el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).

Una asesoría que se constituye como Punto PAE tiene reconocimiento para ofrecer una amplia gama de servicios, entre los que se incluyen:

  • Información y asesoramiento sobre la creación de empresas.
  • Tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de nuevos negocios.
  • Orientación sobre ayudas, financiación y aspectos legales.
  • Apoyo durante los primeros años de actividad empresarial.

Así pues, los Puntos PAE juegan un papel crucial en el fomento y apoyo al emprendimiento en España. Al simplificar los procesos y ofrecer asesoramiento especializado.

Y es que una de las ventajas más valoradas que ofrecen estos Puntos PAE es la rapidez con la que pueden tramitar de manera rápida y ágil las altas y bajas, facilitando enormemente el proceso de creación de empresas mediante:

  • La utilización del Documento Único Electrónico (DUE)
  • La realización de trámites online con diferentes administraciones
  • La reducción significativa de los tiempos de espera y burocracia

Además, constituirse como Punto PAE impulsa el posicionamiento de tu asesoría, pues además del distintivo que supone formar parte de esta red oficial, aparecerás en el buscador oficial disponible en la web del Ministerio de Industria, para que potenciales clientes puedan localizarte.

Podemos resumir que uno de los principales beneficios de acudir a un Punto PAE son el ahorro de tiempo y costes:

  • Reducción de hasta un 70% en el tiempo de constitución de una empresa
  • Ahorro en costes de gestoría y asesoría
  • Minimización de desplazamientos y papeleo

¿Cómo convertir a tu asesoría en un Punto PAE?

Los Puntos PAE representan una iniciativa fundamental para fomentar y facilitar el emprendimiento en España.

Al ofrecer un punto de contacto único y servicios integrales, estos centros se convierten en aliados indispensables para cualquier persona que sueñe con crear y desarrollar su propia empresa.

Para poder constituir tu asesoría como Punto PAE, es necesario que te adhieras a un Convenio de colaboración con el Ministerio de Industria y Comercio.

En este sentido, Asesorlex tiene firmado un Convenio de Colaboración con el citado Ministerio para que sus asociados que estén interesados pueden constituirse como punto PAE (Puntos de Atención al Emprendedor).

No dudes en contactar con nosotros para conocer más información sobre esta y el resto de ventajas que Asesorlex pone a disposición de las asesorías.

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Recaudación tributaria

En esta sesión formativa online, de la mano de un inspector de Hacienda y Jefe de Recaudación tributaria de la AEAT, vamos a conocer las principales actuaciones en competencia recaudatoria tributaria a tener en cuenta con un enfoque eminentemente práctico.

Las operaciones de reestructuración empresarial

Este régimen especial de diferimiento de rentas, es el que es objeto de estudio aquí; así como también nos referiremos al tratamiento fiscal de no sujeción o de exención, que estas operaciones de reestructuración tienen en los impuestos indirectos, cuando se cumplen los requisitos fiscales legalmente previstos.

Bonificación fiscal del 100% en el IRPF para los caseros que no suban el alquiler

enero 2026 | eleconomista.es

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este lunes un nuevo movimiento para intervenir el mercado del alquiler con tres medidas urgentes en materia de vivienda entre las que se recupera una bonificación fiscal del 100% en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellos propietarios que renueven sus contratos sin subir el precio. con la que se compensará lo que ganarían si incrementaran la renta...

Algunas de las ventajas de pertenecer a Asesorlex

  • Representación Telemática ante AEAT y CCAA.
  • Punto PAE.
  • Acceso a Plataforma jurídica vLex: una combinación imbatible de contenidos de interés para la asesoría.
  • Compendio fiscal
  • Actualidad y formación sobre novedades.
  • Obras prácticas de consulta: IRPF, IVA, Sociedades, Laboral…
  • Soporte jurídico al servicio de tu asesoría.
  • Herramientas informáticas: un paquete de sencillas aplicaciones informática de utilidad para la asesoría.
  • Acceso a multitud de servicios a precio bonificado: seguro RCP, software, etc.

Se elimina la obligación de declarar el IRPF a los perceptores del paro desde 2026

enero 2026 | iberley.es

Entre la batería de medidas en materia de pensiones y Seguridad Social para 2026 del aprobadas por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre (BOE 24/12/2025), se ha suprimido la obligación de presentar la declaración del IRPF a los perceptores del paro.

A partir del ejercicio fiscal 2025 —cuya campaña de declaración se realizará en la primavera de 2026— los perceptores de prestaciones por desempleo dejarán de estar obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el simple hecho de recibir el paro. Así lo establece el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre (BOE 24/12/2025). Esta supresión, que ha sido acogida con gran interés por colectivos de personas desempleadas y expertos tributarios, se concreta en la eliminación expresa de la obligación incluida hasta ahora en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, específicamente mediante la supresión de la letra k) de los artículos 271.1 y 299.1. Así, deja de ser la normativa de Seguridad Social quien…

Contabilidad de activos financieros

En esta sesión formativa online práctica se explica cómo se lleva a cabo su contabilización.

Novedades en materia laboral 2026: 2 sesiones

En estas sesiones analizaremos las recientes e importantes novedades que se han producido, así como los cambios legislativos que se avecinan en 2026

Prórroga de las deducciones en IRPF por inversiones en tecnologías renovables

Actualidad Fiscal | Servicio de asesoría al día

Se mantienen, un año más:

1º.- Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas

Se amplía el ámbito temporal de aplicación de estas deducciones de acuerdo con el RDL 16/25 (BOE 24-12-25)

Conforme a dicha ampliación temporal, es deducible, en los mismos términos y con los mismos requisitos exigidos en los ejercicios precedentes en los que las deducciones resultaron aplicable

2º.- Deducción por adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de carga

El RDL 16/25, BOE 24-12-25, prorroga al ejercicio 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.

La deducción se aplica en los mismos términos y con los mismos requisitos exigidos en los ejercicios precedentes en los que resultó de aplicación.

IRPF. Voy a alquilar un piso por habitaciones a diferentes personas, ¿puedo aplicar la reducción por arrendamiento de vivienda a las rentas que perciba?

enero 2026 | blog.ncs.es

El alquiler de una vivienda habitual es un tema que ha ganado relevancia en la actualidad. Estamos observando las dificultades que existen en muchas zonas urbanas con mercado residencial tensionado para que una persona pueda acceder a una casa en alquiler, su vivienda habitual.

Ante esta situación, cada vez es más usual, sobre todo entre estudiantes y jóvenes que se incorporan al mundo laboral, la oferta y demanda del arrendamiento de vivienda por habitaciones. Así, se alquila una de las mismas de forma privada, compartiendo zonas comunes (cocina, salón, baños) con otros inquilinos o, incluso, con el propietario.

La normativa del IRPF contempla una reducción que puede aplicar el…

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Abierto el plazo para que los pensionistas residentes en el extranjero acrediten su vivencia

Desde el pasado 1 de enero de 2026 está abierto el plazo para que los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero puedan acreditar su vivencia para seguir cobrando su prestación con normalidad. Como cada año, esta campaña se prolongará hasta el 31 de marzo. Los pensionistas deben acreditar periódicamente su vivencia para poder seguir cobrando la pensión que les corresponda.

Como principal novedad en 2026, estos pensionistas tendrán que acreditar su vivencia por primera vez durante dos veces este año. La primera será el citado periodo, que se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2026…

Confirmado por la Seguridad Social: el tiempo de baja por incapacidad temporal se descuenta del paro acumulado

enero 2026 | elconfidencial.com

La Seguridad Social confirma que el tiempo que un trabajador permanece en baja por incapacidad temporal puede descontarse del paro acumulado si el contrato se extingue mientras dura esa situación médica. Este supuesto, que suele generar confusión, está regulado en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y afecta a quienes pierden su empleo estando de baja.

Según recoge el artículo 283 de la LGSS, cuando el contrato finaliza…

El despido por ineptitud sobrevenida sin ajustes razonables entre «polvos legislativos y lodos interpretativos»: ¿Discriminatorio, pero no nulo?

enero 2026  | laboral-social.com

Pese a lo razonable que hubiese sido, por coherente, incluso necesario, que la Ley 2/2025, de 29 de abril, hubiese modificado el artículo 52 a) del Estatuto de los Trabajadores (ET) (despido objetivo por ineptitud sobrevenida cuando traiga causa de una enfermedad, de una discapacidad o de una enfermedad asimilable o equiparable a la discapacidad), por su concomitancia subjetiva y objetiva con buena parte de las…